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La Real Academia Española define bolardo cómo el poste de hierro colado u otra materia hincado en el suelo y destinado a impedir el paso o aparcamiento de vehículos. Los parámetros se establecen, a nivel del estado español el Real Decreto 173/2010 que modifica el Código Técnico de la Edificación de CTE y la Orden VIV/561/2010 y, por otra parte, el Decreto 293/2009 de la Junta de Andalucía.